
Las palabras prohibidas en clínicas estéticas son las expresiones que la normativa española de publicidad sanitaria no permite usar en anuncios, webs y redes sociales.
Este recurso recoge 25 expresiones de riesgo, otras formas de decirlas y la norma que hay detrás de cada una.
Contenido informativo basado exclusivamente en la normativa de España (estatal y de la Unión Europea aplicable en España), vigente a octubre de 2026. No es asesoramiento jurídico y las alternativas son propuestas mías: ninguna autoridad las ha validado. Si ejerces en otro país, las reglas pueden ser distintas. Ante cualquier duda, consulta a la Consejería de Sanidad de tu comunidad o a un abogado especializado. Última revisión: 10 de octubre de 2026.
Dos normas sostienen casi todo lo que verás en el recurso: el Real Decreto 1907/1996, que regula la publicidad de productos y servicios con pretendida finalidad sanitaria, y el texto refundido de la ley de garantías y uso racional de los medicamentos (RDL 1/2015). Antes de ir al listado, tres ideas que conviene tener claras:
Si el anuncio sigue invitando a contratar un medicamento con receta, aunque no lo nombres, puede considerarse publicidad. Decide el conjunto del mensaje, no la palabra suelta.
La publicidad de un centro debe ajustarse al contenido de su autorización (RD 1907/1996, art. 6). Cualquier otra necesita autorización previa y expresa.
Un resultado, una duración o la ausencia de riesgos solo se puede afirmar con pruebas.

Este recurso recoge 25 expresiones de riesgo, otras formas de decirlas y la norma que hay detrás de cada una.